Conceptos



Un ejido (del latín exitum) es una porción de tierra no cautiva y de uso público; también es considerada, en algunos casos, como bien de propiedad del Estado o de los municipios. Para México, el ejido es una propiedad rural de uso colectivo aún existente, y que fue de gran importancia en la vida agrícola de este país.
Ejido en Mexico.
El ejido se creaba mediante la expropiación de tierras, que excedieran los limites de la pequeña propiedad y eran dotadas a un grupo de personas para la explotación en común; la explotación colectiva de la tierra era una práctica común durante el imperio Azteca en México. No fue hasta el México colonial que esta práctica pareció desaparecer y fue reemplazada por el sistema deencomiendas, mismo que fue abolido en la Constitución de 1917 bajo la promesa de restablecer el sistema de ejidos, lo cual no sucedió hasta la presidencia de Lázaro Cárdenas en 1934. El propósito de restablecer el sistema de ejidos era regresar tierras al pueblo por ser ellos quienes las explotaban, tratando con ello de acabar con los grandes latifundios existentes hasta antes del inicio de la Revolución Mexicana. Los ejidos también eran usados para el ganado en algunas comunidades, cada uno de ellos se repartió por estados como ejidos centrales y los demás derivados de este por municipios y comunidades para el uso público de cada uno de ellos.
Estructura orgánica del Ejido
El ejido en México tiene tres órganos: la Asamblea, el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia.
La Asamblea Ejidal es el órgano supremo del ejido, en ella participan todos los ejidatarios sin mediación alguna, es una suerte de democracia directa. Ésta se reúne cada seis meses ordinariamente, pero, puede ser convocada en calquier época a pedido del Comisariado Ejidal, o del Consejo de Vigilancia; por iniciativa propia o por pedido de al menos 20 ejidatarios o del 20% del total de los ejidatarios; también un órgano fuera de la estructura ejidataria puede convocarla, tal sería el caso cuando aquéllas rehusaran convocar a la Asamblea o no lo hicieren en un plazo de cinco días, la Procuradoría Agraria podrá convocar a dicha asamblea ejidal.
El Comisariado Ejidal es un órgano ejecutivo, constituido por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, cada uno con un suplente. Bajo su cargo está la ejecución de las determinaciones de la Asamblea así como la representación del Ejido para los efectos legales estipulados por la Ley Agraria, así como la administración de los bienes ejidales, éste tendrá las facultades que tiene un Apoderado General para actos de Administración, pleitos y cobranzas, nótese que jamás de dominio, siendo éste un cuerpo colegiado, no debe confundirse con algún tipo de comisario, sino que para sus funciones depende del consenso de sus tres miembros. El Consejo de Vigilancia se constituye por un Presidente, un Primer Secretario y un Segundo Secretario, cada uno tendrá su respectivo suplente. Éste cuerpo auditor actuará escrutando las actuaciones del Comisariado, asegurándose de que se cumplan las leyes agrarias, así como las internas dadas por el Ejido. Durarán en su cargo hasta tres años, no pudiendo reelegirse por un periodo idéntico al que estuvieron bajo el carácter de propietario, de no convocarse a elección, pasados los tres años, automáticamente aquellos que eran suplentes conviértense en propietarios; esto mismo vale para el Comisariado Ejidal.
Argumentos a favor
Autonomía
Hay quienes indican que ha habido "poca discusión sobre los múltiples beneficios que sí logró el sistema ejidal. Apuntan, por ejemplo, a "la autonomía de la que gozaron algunas comunidades indígenas, ya que la asamblea comunitaria es similar a órganos tradicionales de estas comunidades".
Edificante de Solidas Comunidades
Algunos defensores del sistema ejidal recuerdan que "los Aztecas crearon un imperio basado en tierras comunales, así como los Incas, Mayas, Egipcios, etcétera". Y añaden que "el que la propiedad privada sea un invento Occidental-Cristiano poco tiene que ver con el fracaso del ejido.
Argumentos en contra
Limita el Desarrollo Económico
Algunos sostienen que "el sistema ejidal es dañino para el desarrollo económico [de un país] debido a la carencia de incentivo". Establecen que esto se debe a la falta de propiedad de los campesinos sobre la tierra en cuestión. Explican que al no existir tal propiedad no puede existir desarrollo económico en un país, dado que la existencia de ejidos, por su propia naturaleza económica, opera contrario a los principios de vialidad para el crecimiento económico de los países. Presumiblemente el argumento se basa en que la industrialización es la base del desarrollo económico de un país.
No Establece Capital Individual
Otro punto que se nota es que "el campesino [que] no es dueño de [una] parcela, no tiene motivo para cuidar de ella". Aciertan que "debido a esa falta de propiedad sobre la tierra, los campesinos no pueden usar ese capital para obtener préstamos" lo cual permitiría un desarrollo aún más adelantado del crecimiento económico del campesino. En esencia este punto destaca que no es posible la superación económica individual usando como base el sistema ejidal.
Monopolización por Corporaciones
Algunos contrastan el sistema comunitario indígena Azteca con el sistema Cristiano-Occidental de la propiedad privada y explotación de tierras. Apuntan a "la creciente monopolización de compañías como Del Monte y Dole sobre campos de cultivo mexicanos" como evidencia de estas dos vastamente divergentes filosofías y a la incluida falta de protección de parte del gobierno mexicano para proteger el sistema ejidal de los campesinos.
En frustación lamentan que aún cuando se efectuó un traslado oficial del sistema de ejidos a un sistema de propiedad individual, esto no garantizó la prosperidad de los campesinos. "El que el ejidatario se volviera dueño de su parcela no lo volvió propietario de su tierra -sólo le puso un precio para que corporaciones pudieran sonsacarlo de sus parcelas". Recuerdan que la falta de apoyos reales de parte del gobierno [mexicano] a los campesinos consiguió "la entrada de miles de productos agrícolas importados que se venden a una quinta parte de lo que cuesta producir el mismo producto en México," y que por consiguiente "no le queda otra [alternativa al] campesino mas que malbaratar su tierra para sobrevivir unos meses más". Añaden que una vez se les termina el pequeño pago que la corporación extranjera le dio por su parcela al campesino no les queda otra alternativa que "trabajar por el salario mínimo en la tierra que antes el poseía".1
Ejidatario
4.3. FORMAS DE ADQUIRIR LA CALIDAD DE EJIDATARIO.
ALos ejidatarios son las hombres y mujeres titulares de derechos ejidales (art. 12 LA), quienes podrán hacer uso y disfrute de sus parcelas y los derechos que el reglamento interno confiera sobre la demás tierras ejidales y bienes (art. 14 de la LA).
Ahora bien, en cuanto a la forma para adquirir la calidad de ejidatario el artículo 15 de la Ley Agraria, establece:
“Artículo 15.- Para poder adquirir la calidad de ejidatario se requiere:
I. Ser mexicano mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo o se trate de heredero de ejidatario; y
II. Ser avecindado del ejido correspondiente, excepto cuando se trate de un heredero, o cumplir con los requisitos que establezca cada ejido en su reglamento interno”. La calidad de ejidatario se acredita: con el certificado de derechos agrarios, el certificado parcelario o de derechos comuneros y con la sentencia del Tribunal Agravio que así reconozca ese derecho (art. 16 L.A).2

Concesión
Una concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada.
La concesión tiene por objeto la administración de los bienes públicos mediante el uso, aprovechamiento, explotación de las instalaciones o la construcción de obras y nuevas terminales de cualquier índole sea marítima, terrestre o aérea de los bienes del dominio público.
Los objetivos de estos negocios radican en proporcionar servicios esenciales para el público, por ejemplo, la electricidad, el gas, el suministro de agua, la depuración de aguas residuales y las telecomunicaciones. Las concesiones públicas afectan a casi toda la infraestructura de los países desarrollados, ya que requieren grandes redes de distribución integradas, o la coordinación de muchos servicios esenciales como la red nacional del tendido eléctrico. Muchas concesiones públicas tienen una estructura de costos que se beneficia de la gran escala, puesto que los costos unitarios caen a medida que la red aumenta. Sin embargo, la existencia de estas redes suele provocar que las concesiones públicas se beneficien de un monopolio natural para dar ese servicio en el área donde operan.






El sistema de todos contra todos o sistema de liga es un sistema de competición, generalmente deportiva, en que todos los participantes del torneo se enfrentan entre ellos en un número constante de oportunidades (generalmente, una o dos). Este tipo de competición es también llamado liguilla o round-robin. Un torneo de todos contra todos también se llama triangular, cuadrangular o hexagonal si la cantidad de particiantes es tres, cuatro o seis.
Este torneo se utiliza habitualmente en las ligas nacionales de deportes de pelota como fútbol, baloncesto, rugby y Béisbol, donde varios equipos se enfrentan en temporadas de medio año o año completo.
Alumno y Ex alumno
Los alumnos son aquellos que aprenden de otras personas. Etimológicamente, alumno es una palabra que viene del latín alumnus, participio pasivo del verbo alere, que significa ‘alimentar’ o ‘alimentarse’ y también ‘sostener’, ‘mantener’, ‘promover’, ‘incrementar’, ‘fortalecer’. Se dice de cualquier persona respecto del que la educó y crió desde su niñez, aunque uno puede ser alumno de otra persona más joven. De hecho, al alumno se le puede generalizar como estudiante o también como aprendiz. También es alumno el discípulo respecto de su maestro, de la materiaque aprende o de la escuela, colegio o universidad donde estudia. El estudiante es un alumno.
Como tal, se entiende entonces que un ex alumno es aquella persona que ha dejado de ser un estudiante de alguna persona o institución.

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